¿Qué establece la Ley No. 179-09? 
 
La Ley No. 179-09 establece que los asalariados, profesionales liberales y trabajadores independientes declarantes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) podrán considerar como un ingreso exento del referido impuesto, los gastos que realicen en la educación propia y de sus dependientes directos no asalariados, en adición a la exención contributiva establecida en el Artículo 296 del Código Tributario.
 

Pueden beneficiarse de la Ley No. 179-09 los siguientes contribuyentes
 
- Profesionales liberales o personas que laboran de manera independiente.
- Asalariados que se acojan a la Ley (empleados que trabajan en relación de dependencia)

- Las Personas Físicas (Profesionales Liberales) acogidas al PST de Ingresos.
- Empleadores que paguen a sus empleados exentos del ISR, como parte de sus remuneraciones, los gastos educativos propios y/o de sus dependientes no asalariados.
 
Pasos para los asalariados beneficiarse de la deducción de gastos de educación
 
 
1. Ingresar a la Página WEB de la DGII.
2. Ingresar a la Oficina Virtual con su usuario y clave.
3. Registrarse como contribuyente que desea beneficiarse de la Ley No. 179-09 sobre Deducción de Gastos Educativos;
4. Registrar sus dependientes directos no asalariados (hijos e hijas).
5. Registrar los Comprobantes Fiscales (NCF’s válidos para fines fiscales) que sustenten los gastos educativos pagados a sus dependientes directos y propios.
6. Revisar y remitir la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta para Asalariados (IR-18), propuesta por la DGII.
 
 
Pasos para presentar la declaración jurada del ISR de asalariados (form. IR-18)
 
Para presentar la Declaración de Asalariados a través de Oficina Virtual el contribuyente deberá:
 
1. Ingresar a la Página WEB de la DGII.
2. Ingresar a la Oficina Virtual con su usuario y clave.
3. En el menú Gastos Educativos, presionar "Panel Gastos Educativos".
4. Presionar el botón <Entrar>.
5. Presionar la pestaña en la opción "5. Declaración".
6. Presionar el botón <Presentar Declaración>.
7. Cuando visualice la Declaración IR-18, si está de acuerdo Dar <click> al botón "Enviar Documento". 
8. Dar <click> al botón "Imprimir Constancia" y cerrar formulario IR-18.
 
Nota: Antes de presentar la declaración, deben asegurarse que los gastos educativos registrados estén aceptados.

Para visualizar el monto de saldo a favor consulte en la opción "Consulta Saldo".